Se ha imaginado usted amable
lector si fuera el contador de un club deportivo mexicano, y tuviera que
registrar por primera vez la carta pase de un jugador.
Imagina distinguido colega que
haría si en estos momentos el club para el que usted trabaja adquiere a Gareth
Bale, Arjen Robben, Robin van Persie, Miroslav Klose, Guillermo Ochoa, Etc.
(Inserte al jugador que inspire su pasión futbolera).
Intentaremos registrarlo y explicarlo
en tres momentos contables:
1.
Cuando se registra
la carta pase de un jugador, una vez firmado el contrato.
2.
Registro de las
remuneraciones pagadas al jugador.
3. Cuando se amortizan los derechos sobre la carta pase.
Datos:
Carta
Pase
|
$90,000,000.00
|
IVA
|
$14,400,000.00
|
Total
|
$104,400,000.00
|
El contrato con el jugador es
tres años.
El sueldo mensual es de $10,
000,000.00.
1. Se firma el contrato de pase del jugador
al club y se realiza el pago con transferencia.
01-Enero-2014
|
DEBE
|
HABER
|
Activos intangibles
Derechos de pases de jugadores
|
$90,000,000.00
|
|
IVA Acreditable
|
$14,400,000.00
|
|
Efectivo y equivalentes
Bancos
|
$104,400,000.00
|
|
-Registro contable de la compra de la carta pase.
|
2. Registro contable de las
remuneraciones mensuales al primer mes.
31-Enero-2014
|
DEBE
|
HABER
|
Costo de Ventas
Remuneraciones
|
$10,000,000.00
|
|
Efectivo y equivalentes
Bancos
|
$6,606,595.77
|
|
Retenciones de Efectivo y cobros de terceros
ISR Retenido
|
$3,393,404.23
|
|
-Registro del pago de sueldo del mes de enero.
|
3. Registro contable de la amortización al primer año.
31-Diciembre-2014
|
DEBE
|
HABER
|
Costo de Ventas
Derechos de pases de jugadores
|
$30,000,000.00
|
|
Activos intangibles
Derechos de pases de jugadores
|
$30,000,000.00
|
|
-Registro de la amortización de la carta pase al primer año.
|
Nota: Los montos
son ficticios, las remuneraciones se asignan directamente al costo atendiendo
al juicio profesional. Podría darse el caso en que la carta pase se compre para
ser vendida posteriormente en cuyo caso sería un activo mantenido para venta.
Fundamento: NIF C-8, NIC 38, Art. 14, 15 XVI-C-1 LIVA.
Excelente, justo hace poco con los colegas del Despacho comentabamos esta situacion, pero no dilucidamos correctamente el asiento contable. Gracias por la aportacion..
ResponderEliminar