Cuantas veces no nos ha pasado
estimado amigo que se pagan gastos notariales, impuestos locales, honorarios a
abogados, etc. Y en lugar de cargarlo al costo del terreno lo que hacemos es
cargarlo al gasto, ¿Te ha pasado?
Bien esta publicación es para eso, para aclarar que costos deben añadirse
contablemente al terreno, independientemente del precio de adquisición.
Errores todos los cometemos,
bueno tal vez no todos, quizás solo en nuestra época novata.
Ahí vamos entremos a la práctica,
que es lo que nos interesa, menos política y más acción.
Costos en los que se incurre en
la adquisición de un terreno:
COSTO INCURRIDO
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Montos pagados
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IVA
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Precio de adquisición
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$500,000.00
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Honorarios y gastos
notariales
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$10,000.00
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$1,600.00
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Indemnizaciones o privilegios
pagados sobre la propiedad a terceros
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$20,000.00
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Comisiones a agentes
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$15,000.00
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$2,400.00
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Impuestos de
translación de dominio
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$5,000.00
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Honorarios de abogados
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$10,000.00
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$1,600.00
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Gastos de localización
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$5,000.00
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$800.00
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Demoliciones
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$15,000.00
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$2,400.00
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Limpia y desmonte
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$5,000.00
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Costos para
instalación de drenaje
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$5,000.00
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Costos para uso de
calles
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$5,000.00
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Otros costos de
urbanización para su uso
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$10,000.00
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TOTAL
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$605,000.00
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$12,000.00
|
Y esta sería la contabilización, consideramos el Anexo 24 de
la Resolución miscelánea fiscal para 2014, por lo cual ponemos la codificación correspondiente.
04-Julio-2014
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DEBE
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HABER
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19. Terrenos
19.1
Terreno lomas de Xocomulco
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$605,000.00
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15. Impuestos acreditables pagados
15.1
IVA Acreditable pagado
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$12,000.00
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2. Bancos
2.1 Bancos Nacionales
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$616,875.59
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45 Impuestos Retenidos
45.1 Retenciones salarios y
asimilados
45.6 Otras Retenciones
45.6.1 Retenciones Cuotas IMSS
45.6.2 Retenciones Cesantía obrera.
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$8.27
$57.35
$58.79
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-Registro contable del terreno ubicado en la colonia lomas de Xocomulco
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Se entiende que los costos para la instalación de drenaje, para uso de calles y demás costos de urbanización son pagados al respectivo ayuntamiento en el que está el terreno.
Las comisiones, honorarios y
comisiones fueron pagados a personas morales por lo cual no hay retenciones de
IVA e ISR. Si le queda la duda como seria si el pago fuera a personas física, los invitamos a leer nuestro post pago de honorarios de PM a PF.
Se entiende que la limpia y desmonte fue pagada a asalariados reteniendo el ISR y las cuotas IMSS correspondientes.
¿Y SI REALIZO ACTIVIDADES EXENTAS DE IVA, QUE PASA CON EL IVA?
Si usted distinguido amigo se dedica a la construcción de casas habitación o cualquier otra actividad exenta, aquí esta la solución, ojo solo actividades exentas no actividades a tasa cero.
Para actividades exentas de IVA, se sumaría el IVA pagado por diversas erogaciones distintas al costo de adquisición.
¿Y SI REALIZO ACTIVIDADES EXENTAS DE IVA, QUE PASA CON EL IVA?
Si usted distinguido amigo se dedica a la construcción de casas habitación o cualquier otra actividad exenta, aquí esta la solución, ojo solo actividades exentas no actividades a tasa cero.
Para actividades exentas de IVA, se sumaría el IVA pagado por diversas erogaciones distintas al costo de adquisición.
Sirva como fundamento la NIF C-6 párrafo
44.2.1.1
“El costo de adquisición de un
componente debe comprender:
a) su precio de adquisición, incluidos los derechos, impuestos y gastos de Importación e impuestos indirectos no recuperables….”
a) su precio de adquisición, incluidos los derechos, impuestos y gastos de Importación e impuestos indirectos no recuperables….”
Y como el IVA para este caso es
un impuesto indirecto no recuperable.
Se depreciaría por separado la
erogaciones distintas del precio de adquisición. Y el fundamento es NIF C-6 párrafo
50.2 inciso b
b)componentes sujetos a depreciación, tales como: edificios, maquinaria y equipo, muebles y enseres, herramienta pesada, vehículos, costos de rehabilitación y de urbanización de terrenos, etcétera.
Si dedica a actividades a tasa cero el IVA lo pedirá en devolución y no formara parte del costo de adquisición.
b)componentes sujetos a depreciación, tales como: edificios, maquinaria y equipo, muebles y enseres, herramienta pesada, vehículos, costos de rehabilitación y de urbanización de terrenos, etcétera.
Si dedica a actividades a tasa cero el IVA lo pedirá en devolución y no formara parte del costo de adquisición.
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